El gabinete FERNÁNDEZ ARQUITECTURA le ofrece el servicio del Arquitecto Técnico en Cantabria en todas sus competencias:

  1. Dirección Técnica de la ejecución material de obras y control cualitativo y cuantitativo de la construcción y la calidad de lo edificado.
  2. Proyecto y Dirección de obras y de ejecución.
  3. Actuaciones en materia de Seguridad y Salud en obras.
  4. Redacción de proyectos parciales del proyecto, o partes que complementan al proyecto, en aspectos concretos correspondientes a las especialidades y competencias de la profesión, bajo la coordinación del proyectista que redacta el proyecto.
  5. Control de Calidad.
  6. Empresas Constructoras. Técnico de Empresa, Jefe de Obras.
  7. Peritaje Judicial.
  8. Informes periciales.
  9. IEE.
  10. Certificados energéticos.
  11. Tasaciones inmobiliarias.
  12. Levantamiento de planos.
  13. Reformas de obra en general.

CONSULTE PRECIO SIN COMPROMISO.

ARQUITECTO TÉCNICO EN CANTABRIA

 

Publicación del RD 737/2020 por el que se regula el programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes.

El pasado 4 de agosto se publicó este Real Decreto, que anuncia las ayudas que el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, va a destinar a la rehabilitación energética de los edificios existentes, con un doble objetivo, en primer lugar, reducir el consumo de energía y emisiones de CO2 del parque inmobiliario, y en segundo favorecer la reactivación económica para superar la crisis económica generada por el COVID-19. El texto está disponible en el siguiente enlace:

https://www.boe.es/boe/dias/2020/08/06/pdfs/BOE-A-2020-9273.pdf

En este RD se especifica la cuantía de las ayudas, 300 millones de euros, y su desglose por Comunidades Autónomas según su anexo II. Estas ayudas deberán destinarse a mejoras de edificios existentes, de cualquier uso, construidos antes del año 2007, agrupándose las actuaciones subvenciónales en tres grupos:

a) Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.
b) Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria.
c) Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

En el RD se especifican claramente cada una de las actuaciones y los requisitos a cumplir por parte de estas para ser subvencionables, así como los porcentajes que cubrirán las ayudas. También se indica la documentación necesaria para su justificación y los plazos para su solicitud y la ejecución de las mejoras. En cualquier caso, serán las Comunidades Autónomas las que publiquen las convocatorias definitivas en un plazo máximo de tres meses, es decir, antes del 7 de noviembre de este año.
Cabe destacar, que se atenderán solicitudes hasta finalizar la dotación económica por riguroso orden de presentación.

¿NECESITA REALIZAR LA REFORMA DE SU VIVIENDA EN CANTABRIA?

¿El Ayuntamiento le solicita la DIRECCIÓN TÉCNICA DE LA OBRA PARA LA REFORMA DE SU VIVIENDA con el fin de obtener la Licencia de Obra?

FERNÁNDEZ ARQUITECTURA dispone de técnicos especializados en realizar la DIRECCIÓN TÉCNICA DE LA OBRA para la reforma de su  vivienda en Cantabria.

  • QUIEN REALIZA LA DIRECCIÓN TÉCNICA:

Aparejador o arquitecto técnico, o ingeniero técnico, según el caso.

La dirección de obra y de ejecución de obra son figuras imprescindibles para la gestión y control técnico de la obra de edificación. Además, la figura de la dirección facultativa es obligatoria en cualquier obra de edificación con proyecto, ya sea de rehabilitación o de nueva planta.

  • DE QUÉ SE ENCARGA LA DIRECCIÓN TÉCNICA:

Recepción en la obra de los productos de construcción para su control, y ordenar la realización de los ensayos y pruebas que sean necesarios.

Dirección de la ejecución de la obra supervisando replanteos, materiales y la correcta ejecución material y disposición de elementos constructivos y de instalaciones, en conformidad con el proyecto.

Control económico de la obra: Esta función cobra vital importancia, ya que habitualmente se producen desvíos de presupuesto y plazos, y será labor de la dirección de obra y de ejecución controlarlos e incluso eliminarlos, velando siempre por los intereses del cliente.

Determinar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones necesarias.

Firmar el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.

Colaborar en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada (Libro del Edificio) y aportar los resultados del control realizado.

 

El equipo de aparejadores, arquitectos e ingenieros de FERNÁNDEZ ARQUITECTURA se encarga de supervisar la correcta y satisfactoria ejecución de su obra, manteniendo durante todo el proceso garantías de calidad. Confíe en nuestros técnicos cualificados para la dirección de obra y de ejecución de su proyecto llegando a su final en plazos, correctamente ejecutado y sin sorpresas.

Pida presupuesto sin compromiso para realizar la DIRECCIÓN TÉCNICA DE OBRA PARA LA REFORMA DE SU VIVIENDA EN CANTABRIA.

En Fernández Arquitectura disponemos de Arquitectos Técnicos, Arquitectos, Ingenieros, y Topógrafos, por lo que damos cobertura a infinidad de servicios que pueda necesitar:

  • Direcciones de Obra.
  • Proyectos de reforma u obra nueva.
  • Coordinaciones de seguridad y salud.
  • Ejecución de reformas de viviendas u otros inmuebles.
  • Solicitud de licencia de obra.
  • Proyectos de andamios.
  • Tasaciones de muebles e inmuebles.
  • Informes periciales e informes técnicos.
  • Certificados energéticos o certificados de eficiencia energética.
  • Informes de evaluación de edificios, IEE.
  • Inspecciones técnicas de edificios.
  • Levantamientos topográficos.
  • Segregaciones, etc…..

Solicite presupuesto sin compromiso.

En Fernández Arquitectura disponemos de Arquitectos Técnicos, Arquitectos, Ingenieros, y Topógrafos, por lo que damos cobertura a infinidad de servicios que pueda necesitar:

  • Direcciones de Obra.
  • Proyectos de reforma u obra nueva.
  • Coordinaciones de seguridad y salud.
  • Ejecución de reformas de viviendas u otros inmuebles.
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  • Proyectos de andamios.
  • Tasaciones de muebles e inmuebles.
  • Informes periciales e informes técnicos.
  • Certificados energéticos o certificados de eficiencia energética.
  • Informes de evaluación de edificios, IEE.
  • Inspecciones técnicas de edificios.
  • Levantamientos topográficos.
  • Segregaciones, etc…..

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En Fernández Arquitectura disponemos de Arquitectos Técnicos, Arquitectos, Ingenieros, y Topógrafos, por lo que damos cobertura a infinidad de servicios que pueda necesitar:

  • Direcciones de Obra y supervisión.
  • Proyectos de reforma u obra nueva.
  • Coordinaciones de seguridad y salud.
  • Ejecución de reformas de viviendas u otros inmuebles.
  • Solicitud de licencia de obra.
  • Proyectos de andamios.
  • Tasaciones de muebles e inmuebles.
  • Informes periciales e informes técnicos.
  • Certificados energéticos o certificados de eficiencia energética.
  • Informes de evaluación de edificios, IEE.
  • Inspecciones técnicas de edificios.
  • Levantamientos topográficos.
  • Segregaciones, etc…..

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El objetivo de la tasación es conocer el valor de un bien  y disponer de un informe perfectamente argumentado y realizado por un equipo técnico independiente, que incluye información sobre el valor del inmueble, sus características, entorno urbanístico, información registral, catastral, fotografías y plano.

FERNÁNDEZ ARQUITECTURA cuenta con profesionales titulados de la especialidad correspondiente según la naturaleza del objeto de la tasación.

Realizamos la tasación de su bien heredado o a heredar: local, vivienda, nave, cuadra, terreno, o de su mobiliario y enseres,  calculando el valor de mercado en la actualidad o a fecha retrospectiva.

 

Para realizar la valoración, se deben realizar las siguientes intervenciones:

Visita, localización del bien a tasar, inspección ocular, toma de datos, comprobación de linderos, ubicación, comprobación de superficies, comprobación de calidades y estado de conservación, etc.

Comprobación en el Ayuntamiento del municipio, con el técnico competente, la naturaleza de dichos inmuebles, comprobando si cumplen con la normativa urbanística.

Comprobación de datos catastrales y registrales, analizando la concordancia o diferencias respecto al bien observado en la visita.

Análisis de mercado, y cálculo del valor del inmueble, realizando un sondeo de mercado en la zona, comparándolo con otros bienes inmuebles de las mismas características.

Redacción del informe pericial, indicando la valoración obtenida con la justificación de valores, fotografías realizadas, documentación urbanística obtenida, etc.

FERNÁNDEZ ARQUITECTURA le ofrece el mejor servicio para que usted se despreocupe.

Consúltenos precio sin ningún compromiso.

TASACIONES HERENCIAS CANTABRIA

 

INFORME DE EVALUACIÓN DE EDIFICIOS EN SANTANDER. IEE

Fernández Arquitectura ha realizado más de 1.000 informes de evaluación de edificios en Santander.

Disponemos de un equipo de técnicos especializados, para garantizar que la inspección de su edificio sea realice de forma eficaz.

¿Qué es el Informe de Evaluación de los Edificios (IEE)?

El Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) es un documento en el que se acredita la situación en la que se encuentran los edificios, en relación con su estado de conservación, con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad universal, y con el grado de su eficiencia energética.
La Administración urbanística puede requerírselo a los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva, según un calendario establecido.

¿Quién está obligado?

Están obligados los propietarios de inmuebles ubicados en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan una antigüedad superior a los 50 años.
También están obligados a realizar el IEE los propietarios de cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, cuando pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, y siempre con anterioridad a la formalización de la petición de la correspondiente ayuda.
El Ayuntamiento deberá comunicar al menos con tres meses de antelación a los propietarios de los inmuebles afectados, la obligación de obtener el Informe de Evaluación del Edificio, con indicación del plazo para su realización y las consecuencias de su incumplimiento.
El incumplimiento del deber de cumplimentar en tiempo y forma el Informe de Evaluación tendrá la consideración de infracción urbanística.
El Informe de Evaluación de Edificio tiene una periodicidad mínima de diez años, pudiendo establecer las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos una periodicidad menor.

¿Qué plazos existen para la realización del IEE?

Para los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que ya tuvieran más de 50 años el 28 de junio de 2013, antes del 28 de junio de 2018, como máximo.
Para los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que vayan alcanzando la antigüedad de 50 años a partir del 28 de junio de 2013, en el plazo máximo de cinco años, a contar desde la fecha en la que alcancen dicha antigüedad.
Para cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, cuyos titulares pretendan solicitar ayudas públicas para realizar obras de conservación, de accesibilidad universal o eficiencia energética, con anterioridad a la formalización de la petición de la subvención.

¿Qué contenido tiene el IEE?

El IEE debe identificar el bien inmueble, con expresión de su referencia catastral y contener, de manera detallada:
a) La evaluación del estado de conservación del edificio.
b) La evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización del edificio, de acuerdo con la normativa vigente, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas.
c) La certificación de la eficiencia energética del edificio, con el contenido y mediante el procedimiento establecido para la misma por la normativa vigente.
Asimismo además de las tres partes mencionadas, se ha incorporado una cuarta parte “Condiciones Básicas de Protección frente al Ruido”, que es una evaluación preliminar de carácter voluntario de las condiciones acústicas de un edificio existente como paso previo a la posibilidad de realizar una propuesta de mejora acústica.

¿Cómo se realiza el IEE?

En primer lugar, el propietario del edificio o su representante, deberá contactar con un técnico competente y contratar con él la realización del IEE.
El técnico competente realizará el IEE, con los contenidos mínimos que establece el Real Decreto Legislativo 7/2015.
El IEE realizado por encargo de la comunidad o agrupación de comunidades de propietarios que se refiera a la totalidad de un edificio o complejo inmobiliario, extenderá su eficacia a todos y cada uno de los locales y viviendas existentes.
Esto resulta especialmente relevante para la Certificación de la Eficiencia Energética, pues permitirá tener la del edificio completo y extender su eficacia a cada vivienda, de modo que durante su período de validez (10 años) no será necesario que cada propietario la encargue individualmente cuando ponga en venta o alquiler su vivienda particular.

¿Qué técnicos son competentes?

Los arquitectos o los arquitectos técnicos, que están habilitados para ello por el artículo 30  del Real Decreto Legislativo 7/2015.
Los demás técnicos facultativos que se determinen en la Orden Ministerial prevista en la Disposición final primera del Real Decreto Legislativo 7/2015.

¿Dónde se entrega el IEE?

Según el apartado 6 del artículo 29 del Real Decreto Legislativo 7/2015, los propietarios de inmuebles obligados a la realización del IEE deberán remitir una copia del mismo al organismo que determine la Comunidad Autónoma, en este caso en el registro del Ayuntamiento del municipio.

¿Existen ayudas o subvenciones?

El Real Decreto 233/2013, de 5 de abril, por el que se regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria, y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016 (publicado en BOE núm. 86 de 10 de Abril de 2013) tiene un “Programa de apoyo a la implantación del Informe de Evaluación de los Edificios” en el que se establece lo siguiente:

Resultará imprescindible disponer del IEE para solicitar cualquier tipo de subvención, de modo que se puede optar a las ayudas si se solventan los desperfectos del inmueble y se mejoran la envolvente térmica del mismo o se cambia la instalación existente por otra más eficiente.

Los honorarios del técnico encargado de la realización del IEE están subvencionados en una cantidad de 20 euros por vivienda y 20 euros por cada 100 m2 de superficie útil de local hasta un máximo de 500 euros o el 50 % de los honorarios del informe.

En este tipo de Informes de Evaluación de Edificios además de llevar a cabo la inspección del inmueble en relación a su estado de conservación igual que las Inspecciones Técnicas de Edificios, también evalúan si el edificio es accesible y eficiente en cuanto al uso energético de sus instalaciones así como que, para evitar duplicidades entre un tipo de inspección y la otra, los Informes de Evaluación de Edificios se integrarán en el.

FERNÁNDEZ ARQUITECTURA ha realizado más de 500 Informes de Evaluación de Edificios. Tenemos una gran experiencia en este campo. Somos económicos y resolutivos.

Conocemos la normativa que rige la Evaluación del Edificio, así como los conceptos básicos y las cuestiones técnicas relacionadas con el Estado de Conservación, la Eficiencia Energética, la Accesibilidad.

Estamos capacitados para realizar los trabajos de inspección, como la toma de datos y la recopilación de la documentación generada durante el proceso, referente a los tres aspectos incluidos en el informe y en los trabajos de evaluación, analizando y relacionando las lesiones o deficiencias detectadas con su posible causa originaria.

Le haremos una propuesta de las medidas de mejora con el objetivo de adoptar la solución técnica y económicamente viable.

Manejamos las principales herramientas informáticas necesarias para la evaluación y propuesta de mejoras en el edificio.

Le ofrecemos las directrices y pautas que debe seguir a la hora de proponer a las comunidades de vecinos las intervenciones necesarias, con un conocimiento profundo de la gestión de fincas a través de la Ley de la Propiedad Horizontal y su normativa particular.

Estamos capacitados para la gestión integral de la intervención: redacción de proyecto, solicitud de licencias, coordinación de seguridad y salud, presupuestos y contratación, dirección de la ejecución, conocimiento de sistemas y soluciones constructivas habituales y su problemática de ejecución.

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IEE SANTANDER

Es habitual que para la ejecución de obras de reforma u obra nueva, y para la obtención de Licencia de Obras, el Ayuntamiento le requiera la designación de un Arquitecto o Arquitecto Técnico que realice la Dirección de Obra de la misma.

En FERNÁNDEZ ARQUITECTURA disponemos de técnicos titulados con una amplia experiencia en Direcciones de Obra.

El técnico que constituye la dirección de obra, supervisa el correcto desarrollo de la misma en sus distintos aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, todo ellos de acuerdo a las especificaciones definidas en el proyecto, en la licencia de edificación y en el resto de documentos obligatorios, así como lo estipulado en el contrato, con el fin de asegurar que se ajusta al objetivo final propuesto.

 

¿NECESITA CONTRATAR UN ARQUITECTO TÉCNICO PARA REALIZAR LA DIRECCIÓN DE OBRA DE LA REFORMA DE LA FACHADA DE SU EDIFCIO EN CANTABRIA?

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